El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a pronunciarse con contundencia sobre el complemento por la reducción de la brecha de géneros, señalando que la legislación española sigue discriminando a los hombres, a pesar de la reforma introducida en 2021.
Este nuevo fallo europeo responde a dudas planteadas en los tribunales españoles, que cuestionan si el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) realmente cumple con la normativa comunitaria sobre igualdad de trato. La respuesta del TJUE, a través de su Sentencia de 15 de mayo de 2025, no deja lugar a dudas: la discriminación persiste y debe corregirse.
La clave de mayo de 2025: ¿Qué dice la nueva sentencia europea?
Ahora, el TJUE establece que la actual regulación sigue tratando de forma menos favorable a los hombres en comparación con las mujeres a la hora de conceder el complemento para la reducción de la brecha de género. A pesar de que desde el año 2021 los hombres pueden solicitar este beneficio, la normativa exige que acrediten un perjuicio profesional derivado de la paternidad, algo que no se solicita a las mujeres, quienes lo reciben de forma automática.
El Tribunal entiende que esta desigualdad constituye una discriminación directa por razón de sexo, incompatible con la Directiva 79/7/CEE sobre igualdad entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social. Además, rechaza que esta diferencia pueda justificarse por razones vinculadas a la protección de la maternidad, ya que ambos progenitores pueden verse afectados laboralmente por el cuidado de los hijos.
Esta diferencia en el trato no solo genera una evidente desigualdad, sino que también perpetúa estereotipos y roles de género que no se ajustan a la realidad actual del cuidado familiar y la vida laboral. Por lo tanto, la importancia de este pronunciamiento radica en la necesidad de que las leyes evolucionen hacia una igualdad real y efectiva, garantizando que no existan discriminaciones basadas en el sexo.
El impacto del fallo europeo en el complemento para padres jubilados
Este pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre una vía muy relevante para miles de hombres que, pese a la reforma legal de 2021, han sido excluidos injustamente del complemento destinado a reducir la brecha de género. La sentencia deja claro que el diseño actual de la normativa española resulta incompatible con el derecho comunitario europeo.
Esta incompatibilidad obliga al Estado español a revisar y modificar nuevamente dicha disposición para ajustarla a los estándares europeos de igualdad y no discriminación. De lo contrario, el país podría enfrentarse a una oleada de reclamaciones por parte de aquellos hombres que reclamen el reconocimiento de este derecho y exijan la corrección de esta desigualdad. Así, la sentencia no solo representa un llamado a la acción legislativa, sino también una oportunidad para avanzar hacia una protección social más justa e igualitaria para todos los progenitores.
¿Cómo reclamar el complemento? Derechos y cómo ejercerlos
La sentencia tiene consecuencias directas tanto para padres jubilados entre 2016 y 2021, como para aquellos que lo hicieron después de la entrada en vigor de la nueva redacción en 2021.
- Jubilados entre 2016 y 2021: Ya podían reclamar el antiguo complemento de maternidad por vía judicial. Ahora, con esta nueva sentencia, su posición se refuerza aún más.
- Jubilados desde 2021: Podrán exigir el complemento sin necesidad de acreditar perjuicio profesional, argumentando que dicha exigencia vulnera el principio de igualdad.
Implicaciones legales: España ante una nueva reforma pendiente
España deberá afrontar una reforma legislativa urgente si quiere evitar una avalancha de recursos judiciales y sanciones por parte de las autoridades comunitarias. La falta de adaptación a las directrices europeas no solo pone en riesgo la seguridad jurídica del país, sino que también puede generar un aumento significativo de reclamaciones individuales que saturen el sistema judicial.
En este sentido, el TJUE ha sido claro: no basta con ampliar el acceso a los hombres si se mantienen requisitos más estrictos que para las mujeres. Esto supone una nueva llamada de atención al legislador español, que ya fue advertido en 2019 por excluir por completo a los padres del complemento.
ADLER Abogados: Reclamamos tu complemento por ti
En ADLER Abogados, somos especialistas en Derecho Laboral y llevamos años tramitando con éxito reclamaciones por el complemento de reducción de la brecha de género para hombres.
Si te jubilaste a partir de 2016 y tienes dos o más hijos, o si ya solicitaste el complemento y fue denegado, podemos ayudarte a reclamar lo que te corresponde.
Nos encargamos de todo:
- Estudio de viabilidad del caso.
- Revisión de resoluciones previas.
- Redacción y presentación de la reclamación al INSS.
- Representación jurídica en vía administrativa y judicial si es necesario.

No dejes pasar tu oportunidad: la Sentencia del TJUE de 15 de mayo de 2025 cambia las reglas del juego. Ahora, más que nunca, es el momento de reclamar lo que te pertenece. En ADLER Abogados estamos comprometidos con la defensa de tus derechos.

Comentarios recientes