Todos los centros de trabajo todas las empresas están obligados a minimizar la exposición de sus trabajadores a posibles agentes causantes de enfermedad laboral. De igual forma están obligados a seguir planes de prevención de riesgos en el trabajo. Es fundamental que la empresa tome las diligencias debidas a fin de evitar, en la medida de lo posible, lesiones o enfermedades del trabajador.

Así, hablaremos de una enfermedad laboral cuando la causa directa de la misma es la propia actividad. Por ejemplo si un mariscador con el paso de los años desarrolla reuma debido a la elevada y constante exposición a la humedad podríamos argumentar que es una enfermedad laboral.

No sería una enfermedad laboral contraer una faringitis por ir al trabajo en motocicleta sin abrigarse adecuadamente de acuerdo a la temperatura ambiente. En este caso la patología no sería consecuencia de la actividad laboral sino de un factor externo y diferente.

No todas las enfermedades son consideradas enfermedad laboral. Gozan de tal rango aquellas que aparecen recogidas en el cuadro de enfermedades profesionales que compartimos contigo en esta página. El cuadro, en tanto que catalogación, no es caprichoso sino que emana directamente del R.D. 1299/2006, de 10 de noviembre.

Todos los trabajadores que trabajan por cuenta ajena, algo que incluye al colectivo de amas de casa y los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE) están protegidos en la norma. El resto de autónomos están sujetos a una base de cotización con más o menos alcance según lo que abonen cada mes.

En síntesis, merece la pena recalcar que reclamar una indemnización por enfermedad laboral es un proceso altamente complejo en el que intervienen profesionales cualificados.

De igual forma existen una serie de plazos como en casi toda la cuestión legal que de prescribir o demorarse innecesariamente jugarían en contra de nuestras posibilidades de éxito indemnizatorio.

Por lo tanto no tenemos mejor consejo que ser diligentes en el contactar con abogados especialistas en indemnización por enfermedad profesional en Madrid.

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